sábado, 2 de marzo de 2013

ESCARNIO JURIDICO / Rosales, Francisco

El cúmulo de violaciones producidas con la llamada Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado no tiene parangón en la agitada vida legislativa ecuatoriana. Se ha hecho tabla rasa de normas constitucionales y legales. Así, mientras el art. 136 de la Constitución dispone que los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia, el proyecto urgente enviado por el presidente de la República contenía la creación e incremento de impuestos, y al mismo tiempo, reformas al Código de Procedimiento Civil y a la Ley de Minería, estas últimas, relacionadas con los derechos de los trabajadores de las empresas mineras. Pero las violaciones van más allá: el último paquetazo tributario viola el art. 7 del Código Civil, que manda que la ley no dispone sino para lo venidero y no tiene efecto retroactivo; y el art. 3 del Código Tributario (ley especialísima), que señala que no se dictarán leyes tributarias con efecto retroactivo en perjuicio de los contribuyentes. Sin embargo, la ley de Fomento Ambiental dispone que la consignación de lo debido a los entes públicos, incluyendo intereses y costas, será obligatoria inclusive en aquellos juicios de excepciones iniciados con anterioridad a la expedición de esta ley y concede un plazo de 10 días para efectuar el depósito de esos valores, so pena de que se deseche el juicio de excepciones y se proceda al embargo y remate de bienes. Una monstruosidad jurídica que aniquila el sistema legal. Y, por último el director del SRI ha enviado un oficio el 30 de noviembre al presidente del Consejo de la Judicatura en el que le pide que disponga a los diferentes tribunales distritales de lo fiscal y a la Corte Nacional de Justicia que ordenen inmediatamente la consignación de lo adeudado para que suspenda el procedimiento coactivo. Es decir, un funcionario recaudador de impuestos pide al presidente del más alto órgano administrativo de la Función Judicial que ordene a los jueces y tribunales la manera en que deben interpretar y aplicar la ley. Atropello mayúsculo a la autonomía de los jueces. Hoy, 12 dic. 2011, p. 4

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