sábado, 16 de febrero de 2013

ISD, ¿CONFISCACIÓN? / Alvear, Jorge

La Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado -además de su cuestionado trámite y veloz promulgación- demuestra lo que representa un "Estado recaudador" que no se sujeta a principios tributarios ni a la Constitución. Esta queda como atada de preceptos de uso discrecional, no obstante que las normas secundarias y los actos del poder público deben mantener conformidad con las disposiciones constitucionales. Especialmente en lo que concierne al mantenimiento del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que debió eliminarse; no se lo hizo y además se lo incrementó. El desajuste aflora en la exposición de motivos de la ley: ".El Impuesto de Salida de Divisas, en virtud de que el país no tiene una moneda propia, es de vital importancia para el Estado., ya que poniendo un impuesto a la salida de divisas, obtenemos la seguridad de que los grandes empresarios del país o las personas de mayor posición económica, no saquen en grandes cantidades el dinero., logrando de esta manera que el dinero circule en nuestro país, y así no nos quedaríamos sin fluidez monetaria.". Se puede confirmar así la finalidad del impuesto y establecer que no es precisamente para financiar el presupuesto fiscal. Su fin es evitar que el segmento de la población "de mayor posición económica" saque su dinero del país. El Universo, 2 dic. 2011, p. 6

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