sábado, 6 de abril de 2013

EL DECRETO 1438 DEJA ABIERTA LA POSIBILIDAD DE PRECIOS OFICIALES

El Decreto 1438 es ambiguo y los empresarios se preguntan si los 46 productos agroalimenticios que se citan en el documento tendrán precios oficiales o referenciales, lo cual ha generado un debate con el Gobierno. Según Pablo Dávila, presidente de la Cámara de Industrias y la Producción de Pichincha, hay contradicciones en el Decreto. Por un lado, el artículo 2 establece una política de Precios Referenciales (en plural), lo cual se interpretaría como un rango de precios en el cual se puede mover el comerciante. Mientras que en el artículo siguiente, donde se determina la metodología del cálculo dice: "el precio referencial se establecerá de una manera determinada" (en singular). Para Dávila, penosamente se corre el riesgo de que se establezcan precios fijos que van a alterar la relación entre oferta y demanda, sin considerar factores como la estacionalidad de los productos, la calidad, el origen, entre otros. El Comercio, 5 mar. 2013, p. 7

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